Colonia Caroya. Aprobaron un histórico proyecto de Sistema de Riego para la ciudad.

La normativa persigue la protección de los recursos hídricos desde su captación, distribución y diferentes usos del agua de dominio público municipal.

La ordenanza pretende contribuir al desarrollo sostenible de la producción agropecuaria y disminuir el impacto ambiental sobre el recurso hídrico.

Comprende el agua captada en origen de las galerías filtrantes  del Canal  San Carlos y del   Canal Huergo, y de los sistemas de bombeo de ambos canales, además de toda fuente de captación que se forme en un futuro bajo la administración municipal.

Audio: Concejal Mariano Oliva

La normativa fue aprobada por unanimidad, dejando sentado un precedente histórico para Colonia Caroya.

El concejal de Proyecto Caroya Mariano Oliva destacó que la medida posibilitará a los productores que se dedican al cultivo de frutas y hortalizas, disponer del agua en el momento que lo necesitan.

Oliva recordó que en algunos sectores el canal estaba en desuso u obstruido con basura.

En otros el propietario no realizaba el mantenimiento necesario para la conservación y buena utilización de este canal.

Con esta nueva normativa, se determinaron las responsabilidades del propietario, a quien se entregará una nueva libreta de riego, y se creará un Registro Público de Regantes para tener un control municipal.

Por su parte, la municipalidad tendrá la obligación de mantener las fuentes de captación, en tanto, los propietarios serán responsables del mantenimiento de líneas de riego secundarias, terciarias y cuaternarias, así como también de las obras de derivación a la propiedad privada, cuya conducción técnica está a cargo del municipio.

Queda prohibido utilizar el agua de los canales de riego para:

a) lavar ropa,  automóviles, motocicletas, camiones o cualquier otro vehículo;

b) arrojar aguas servidas, animales muertos y/o residuos orgánicos o inorgánicos y cualquier otra sustancia;

c) extraer agua por cualquier medio, por ejemplo bombas o canales no autorizados por la autoridad de aplicación. d) un fin distinto para el cual fueron creados.

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